4 de noviembre de 2021
La no garantía del derecho a la restitución de los baldíos como consecuencia de la protección a la explotación de recursos naturales no renovables
- Deicy Tatiana Romero Guío
Resumen:
El texto propone analizar el parágrafo 1 del artículo 67 de la ley 160 de 1994 (en adelante literal a) a la luz del derecho de las víctimas a la restitución de tierras. Esta norma establece una de las causales de inadjudicabilidad de los baldíos, y consiste en la prohibición de adjudicar baldíos que se encuentran dentro de un radio de 2.500 m alrededor de zonas donde se adelanten procesos de explotación de recursos naturales no renovables (en adelante RNNR). Se determinará cómo la existencia de esta norma y el conocimiento tardío de los operadores judiciales dificulta de alguna manera el goce efectivo de los derechos de las víctimas a la restitución de tierras. Es por eso que se analizará las complejidades del derecho de la restitución de las víctimas del conflicto y el choque de este derecho con las razones que hicieron surgir el literal a. Lo anterior para demostrar la constante desvalorización del campesino frente al problema estructural de la tierra en Colombia y verificar si se garantiza de manera efectiva el derecho a la reparación integral en el marco de la justicia transicional.
Palabras clave:
- restitución de tierras,
- adjudicación de baldíos,
- víctimas del conflicto,
- reparación integral.
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